Wednesday, June 08, 2005

Publicidad ilícita y engañosa

PUBLICIDAD ILICITA Y ENGAÑOSA

Autocontrol (Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial) falló a favor del Grupo Pascual en un contencioso con Danone por la publicidad de su producto Actimel. Se consideró que infringía el Código de Conducta Publicitaria por vulnerar el principio de legalidad y veracidad del citado código. La campaña publicitaria fue retirada.

Por otra parte la Comunidad de Madrid ha sancionado al proveedor de servicios de Internet Wanadoo España, sucursal de France Telecom., con una multa de 7.700 Euros por haber realizado en el verano del 2003 una campaña publicitaria engañosa. Dicha sanción fue impuesta por la Dirección General de Salud Pública, Alimentación y Consumo de la Comunidad. Según el denunciante- la Federación de Consumidores en Acción (Facua)- la compañía de Internet “hacía creer a los usuarios que el precio de su tarifa plana era la mitad de la real”.

Se podría llegar al dicho “se puede engañar a todo el mundo durante un rato, a alguien durante toda la vida, pero no a todos y para siempre”.

La Ley General de la Publicidad protege al público y a las empresas de una publicidad ilícita y engañosa. Pero es preciso dar un paso adelante haciendo una llamada de atención sobre la dimensión ética de la publicidad. No puede valer todo con el afán de vender. El hombre y su profunda dimensión responsable, deben superar la alocada carrera publicitaria que algunos han emprendido.

Si queremos una actividad anunciante libre y responsable, hay que terminar con la publicidad ilícita, con las campañas engañosas.

CLEMENTE FERRER ROSELLO
Presidente del Instituto Europeo de Marketing, Comunicación y Publicidad

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