Wednesday, June 08, 2005

Discriminación intolerable

Discriminación intolerable

El Gobierno socialista ha eliminado a los medios del Grupo Intereconomía, entre los que se encuentran Ëpoca, Radio Intereconomía y ALBA, de su publicidad institucional sobre el referéndum respecto a la Constitución Europea.
Existe jurisprudencia publicitaria al respecto ya que la Sala Quinta del Tribunal Supremo dictó una sentencia favorable a Prensa Española, S.A., empresa editora, entonces, del ABC que confirmaba la de la Audiencia Territorial de Sevilla en la que la Sala de lo contencioso-administrativo había estimado un recurso interpuesto por ABC contra la discriminación de la que consideraba había sido objeto en una campaña institucional en torno al Metro Sevillano.
Según la sentencia, tanto el Ayuntamiento de Sevilla como la Junta de Andalucía aplicaron durante la realización de aquella campaña un trato discriminatoria a ABC, diario que quedó fuera de las inversiones publicitarias.
Con posterioridad, el Tribunal Supremo de Justicia de Bilbao resolvió a favor del diario Egin en el contencioso que éste mantenía con la Consejería de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco, por su exclusión en la campaña publicitaria institucional realizada con motivo del I Congreso de Educación Pública Vasca.
Sentencias como las referidas constituyen un precedente importante en la legislación publicitaria, en especial en torno a las campañas publicitarias de instituciones y organismos oficiales.
No es de recibo que los anuncios, pagados por la administración, se excluyan unos u otros medios, en función de líneas políticas o de pensamiento. El dinero empleado en estas campañas institucionales es un dinero público y su utilización debe beneficiar a todos.
Sería deseable que se estableciera una normativa que regulara de forma clara la publicidad en las Administraciones públicas e institucionales, que sirviera para asegurar un reparto equitativo de las cantidades asignadas, al margen de las relaciones políticas e ideológicas existentes.
Si todos somos iguales ante la normativa y las leyes, según lo establecido en el artículo 14 de la Constitución, seámoslo también en la actividad publicitaria.

CLEMENTE FERRER ROSELLO
Presidente del Instituto Europeo de Marketing, Comunicación y Publicidad

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